El sistema de gestión y seguridad y salud en el trabajo ha tenido en los últimos años un proceso estructurado y evolutivo junto con el apoyo del ministerio de trabajo, los siguientes decretos rigen en el país el SG - SST para la implementan por parte del empleador:
DECRETO 1443 DE 2014
El sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo SG-SST, consiste en el desarrollo de un proceso lógico y por etapas, basado en la mejora continua y que incluye la política, la organización, la planificación, la aplicación, la evaluación, la auditoria y las acciones de mejora con el objetivo de anticipar, reconocer, evaluar y controlar los riesgos que puedan afectar la seguridad y la salud en el trabajo.
El SG-SST, debe ser liderado e implementado por los empleadores con la participación de los trabajadores y/o contratistas, garantizando la aplicación de medidas de seguridad y salud en el trabajo, el mejoramiento del comportamiento de los trabajadores, las condiciones y el medio laboral y el control eficaz de los peligros y riesgos en el lugar de trabajo.
(Decreto 1443 de 2014 art. 4)
POLÍTICA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
Política de Seguridad y Salud en el Trabajo (SST). El empleador o contratante debe establecer por escrito una política de Seguridad y Salud en el Trabajo (SST) que debe ser parte de las políticas de gestión de la empresa, con alcance sobre todos sus centros de trabajo y todos sus trabajadores, independientemente de su forma de contratación o vinculación, incluyendo los contratistas y subcontratistas. Esta política debe ser comunicada al Comité Paritario o Vigia de Seguridad y Salud en el Trabajo segun corresponda de conformidad con la normatividad vigente.
(Decreto 1443 de 2014, art. 5)
Requisitos de la Política de Seguridad y Salud en el Trabajo (SST).
- Establecer el compromiso de la empresa hacia la implementación del SST de la empresa para la gestión de los riesgos laborales.
- Ser específica para la empresa y apropiada para la naturaleza de sus peligros y el tamaño de la organización.
- Ser concisa, redactada con claridad, estar fechada y firmada por el representante legal de la empresa.
- Debe ser difundida a todos los niveles de la organización y estar accesible a todos los trabajadores y demás partes interesadas, en el lugar de trabajo
- Ser revisada como mínimo una vez al año y de requerirse, actualizada acorde con los cambios tanto en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo (SST), como en la empresa.
(Decreto 1443 de 2014, art. 6)
OBJETIVOS DE LA POLÍTICA
La política de SST de la empresa debe incluir como mínimo los siguientes objetivos sobre los cuales la organización expresa su compromiso:
- Identificar los peligros, evaluar y valorar los riesgos y establecer los respectivos controles.
- Proteger la seguridad y salud de todos los trabajadores, mediante la mejora continua del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST) en la empresa.
- Cumplir la normatividad nacional vigente aplicable en materia de riesgos laborales.
POLÍTICA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO DE LA CONSTRUCTORA LEÓN AGUILERA S.A.
La Constructora Leon Aguilera S.A. realiza obras civiles, construcción de edificaciones, diseños, interventoria entre otras, dentros de sus actividades diarias, la gerencia se ha preocupado por el bienestar del personal en las diferentes obras de la constructora y ademas del personal administrativo de la empresa.
La política tiene como objeto la promoción de la mejora de las condiciones de trabajo, con el fin de elevar los niveles de la seguridad, salud y bienestar de los colaboradores, contratistas, subcontratistas y la comunidad donde se ejecutan las obras.
- Cumplimiento de la legislacion vigente en SG-SST.
- Promover capacitación constante en seguridad de nuestros colaboradores
- Garantizar un ambiente laboral que genere bienestar y salud a nuestros empleados
- Eliminar las causas que generen los incidentes y lesiones a las personas o materiales y equipos
- Velar por el bienestar físico, mental y social de los empleados en el desempeño de las funciones.
- Responder pronta, efectiva y cuidadosamente a las emergencias o accidentes que resulten en las operaciones de la empresa
- Proveer programas de promoción de la salud ocupacional orientados a mejorar el bienestar de los colaboradores
- Evaluar periódicamente el estado de salud del personal con el fin de identificar y controlar oportunamente los riesgos de salud relacionados con el trabajo.
BIBLIOGRAFIA
Decreto 1443 de 2014. http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=58841
Decreto 1072 de 2015. http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62506
Programa de salud ocupacional. https://www.arlsura.com/index.php?option=com_content&view=article&id=336&catid=59:gestion-d
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